Operación Renta 2023: ¿cómo declarar los impuestos de forma correcta?

Este mes de abril comenzó la Operación Renta 2023, ejercicio tributario que deben realizar tanto las personas naturales como jurídicas en todo Chile. El académico de las carreras Advance de Contador Auditor e Ingeniería Comercial de la USS, José Carrasco, explica quiénes deben declarar renta y cómo hacerlo.

Operación Renta 2023 Entre el 1 de abril y el 10 de mayo se está llevando a cabo la Operación Renta 2023, en la que los contribuyentes, personas naturales y jurídicas, cumplirán con declarar sus ingresos, beneficios e incrementos de patrimonio -ya sean percibidos o devengados- obtenidos en el año comercial 2022, ante la autoridad tributaria del Servicio de Impuestos Internos (SII).

 

“Para este año tributario, el SII espera recibir más de 4,5 millones de Declaraciones de Renta, de las cuales, 2,4 millones corresponden a personas naturales, para las cuales el SII genera una propuesta”, explica José Carrasco, académico de las carreras Advance de Contador Auditor e Ingeniería Comercial de la Universidad San Sebastián.

 

¿Quiénes deben declarar renta?

  • Las personas que generaron un ingreso anual superior a los $ 9.907.434, salvo que obtenga sueldo de un solo empleador.
  • Las personas que laboraron con más de un empleador.
  • Los que trabajaron a emitiendo boletas de honorarios y desean optar a la cobertura total o parcial para las cotizaciones previsionales para generar la devolución de impuestos.
  • Los que realizaron el tercer retiro voluntario del 10% de la AFP, en base con lo estipulado en la Ley N° 21.295, y poseen un ingreso tributable superior a $ 22.016.520 (30 UTA)
  • Los que solicitaron el préstamo solidario en 2020 y/o 2021. Dado que en esta operación renta se calcula y paga cuota del 30% y 10% de los montos solicitados.
  • Optativo el declarar la renta, es decir no obligado, si se desea acceder a algún beneficio:
  • Crédito Hipotecario, por medio de la rebaja de intereses por dividendos.
  • Créditos por gastos de educación.

 

La propuesta de Declaración de Renta elaborada por la autoridad tributaria está disponible para los contribuyentes, a quienes se recomienda identificar, revisar y analizar si sus ingresos corresponden, si sus créditos están bien calculados, etc.

 

Para aceptar la declaración, los contribuyentes deben:

 

  • Presionar “Declarar Renta (F22), ingresando con el RUT y la clave única o tributaria.
  • Presionar “Año tributario a declarar”
  • Completar y revisar formulario
  • Presionar “Enviar” los datos.

En paralelo a esta línea, el académico José Carrasco destaca la función que cumple la Tesorería General de la República (TGR) y sus nuevas operaciones. Por primera vez, en esta operación renta 2023, se crea la “Ley 21.389” del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, lo que significará asegurar la cancelación a madre/padre/tutor. Este procedimiento de retención lo aplicará la TGR.

 

Convenio “Alivio Tributario”

En el caso de las empresas, en diciembre entró en vigor la Ley 21.514, que beneficia a micro, pequeñas y medianas empresas. Esta permite reprogramar deudas tributarias hasta 48 cuotas con 0% de pie y condonar hasta un 100% las multas e intereses adeudadas, beneficio que concluye el próximo 30 de abril.

 

Además, la Ley 21.420, estableció un nuevo Impuesto único para la “Enajenaciones de Acciones” con presencia bursátil, que anteriormente, no tributaban. Para esto, el SII puso a disposición de los contribuyentes afectados un nuevo asistente en su web, con una guía paso a paso, para dar fiel cumplimiento a la normativa tributaria.

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