Uno de los elementos nuevos de la Operación Renta es que los contribuyentes que hayan solicitado el segundo retiro del 10% de las AFP y lo hayan recibido parcial o totalmente durante el 2020, deben declararlo si tienen ingresos superiores a las 30 UTA.

Al igual que todos los años por estos días, personas y organizaciones comienzan a prepararse para enfrentar la operación renta que, en esta oportunidad, trae novedades. Es clave informarse para evitar cometer errores que generen dificultades con el Servicio de Impuestos Internos e incluso el riesgo de multas.
Mario Ortiz Sepúlveda, académico de los programas Advance de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad San Sebastián, indica que en este proceso, que se desarrolla a partir de abril, los contribuyentes, ya sean personas naturales o jurídicas, deben declarar sus ingresos y rentas correspondientes al año anterior, es decir, los del año 2020.
En el caso de personas naturales, “tienen la obligación de efectuar esta declaración de impuestos, aquellas que obtuvieron ingresos anuales superiores a $7.833.186, salvo que éste corresponda a sueldos de un solo empleador. También deben presentar la declaración si tuvieron más de un empleador durante el año, o prestaron servicios emitiendo con ello boletas de honorarios, pudiendo actualmente optar por una cobertura parcial por las cotizaciones previsionales que le corresponda pagar al contribuyente”, dice Ortiz.
Una novedad para este año tiene relación con el segundo retiro del 10% de las AFP. Cabe recordar que, en el caso del primer retiro, éste no estuvo afecto a impuesto para ninguna persona independiente de sus rentas. En el caso del segundo retiro, según lo establecido en la ley N°21.295, si la persona tuvo un ingreso tributable superior a 30 UTA en 2020, esto es $18.370.440, debe incorporar dicho retiro como parte de su declaración de impuestos, esto es adicionándolo a su sueldo, honorarios, retiros y otras rentas anuales percibidas durante el 2020.
Mario Ortiz destaca que en caso de que la solicitud del segundo retiro se hubiera realizado en dos cuotas y corresponda el pago de impuestos, los contribuyentes deben considerar que, si la primera y segunda cuota se pagaron en el 2020, el monto total deberá ser declarado en este proceso de declaración de impuesto a la renta.
En cambio, dice el profesor que, si la primera cuota del retiro se pagó en el 2020 y la segunda cuota en el 2021, solo el primer monto deberá declararse en este proceso de declaración de impuesto a la renta del año 2021.
“Se debe destacar que no se considerarán para el cálculo de las 30 UTA, los ingresos no constitutivos de renta, como son, ingresos como el aporte fiscal para la clase media y el préstamo solidario del Estado, otorgados durante 2020, los subsidios por licencia médica pagados por organismos de previsión, el primer retiro del 10% de los fondos previsionales y las indemnizaciones, entre otros ingresos no tributables”, aclara el académico de la USS.
La operación renta de este año también trae algunos elementos nuevos para las personas jurídicas. El académico Mario Ortiz dice que deja de existir el sistema de renta atribuida, quedando con ello los siguientes regímenes tributarios: Propyme General, Propyme Transparente, Parcialmente Integrado y Renta Presunta.
El docente explica cada uno. “El sistema Propyme General está enfocado en micro, pequeños y medianos contribuyentes, que determinan su resultado tributario en base a ingresos percibidos y gastos pagados, estando obligados a llevar contabilidad completa con la posibilidad de optar a una simplificada. Están afectos al Impuesto de Primera Categoría con tasa del 10% para las rentas que se obtengan en el año comercial 2020”, dice.
Agrega que el régimen Propyme Transparente también está enfocado en micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes), cuyos propietarios son contribuyentes de impuestos finales, determinando su resultado tributario, en base a ingresos percibidos y gastos pagados, estando liberadas de llevar contabilidad completa. “En este caso la empresa Pyme quedará liberada del Impuesto de Primera Categoría y sus propietarios deberán tributar con sus impuestos finales en base al resultado tributario determinado por la empresa en el mismo año en que éste se genere”.
Agrega que el régimen parcialmente integrado está enfocado en las grandes empresas, que están obligadas a llevar contabilidad completa. “Estas empresas pagan impuesto con tasa del 27% y sus propietarios tributarán en base a retiros, remesas o distribuciones efectivas, pudiendo utilizar como crédito el 65% del Impuesto de Primera Categoría determinado”.
Finalmente, está el sistema de renta presunta dirigido a los contribuyentes que desarrollan actividades agrícolas, de transporte y minería, siempre y cuando sus ingresos no superen los límites establecidos en la ley para cada una de las actividades señaladas.
Mario Ortiz recalca que es fundamental estar bien informados para este nuevo proceso de operación renta, analizando las obligaciones que trae y los beneficios que pueden utilizar tanto las empresas como las personas naturales.