Columna: Certificado de lucidez en personas mayores

Ximena Moreno, doctora en salud pública y académica de Psicología de la USS, se refiere en su columna al certificado de lucidez que estarían exigiendo algunas notarías. “Corresponde a los organismos públicos discutir y desarrollar programas y acciones que permitan a las personas mayores ejercer sus derechos”, señala.

persona mayor

Se ha observado en Chile por parte de algunas notarías una práctica no regulada por la ley en cuanto a exigir a personas mayores de 75 años un certificado de “lucidez”.

Es importante recordar que Chile ha suscrito y ratificado la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos de las Personas Mayores, la que establece, en su artículo 7, el derecho de la persona mayor a tomar decisiones, a la definición de su plan de vida, a desarrollar una vida autónoma e independiente, conforme a sus tradiciones y creencias, en igualdad de condiciones y a disponer de mecanismos para poder ejercer sus derechos.

Por lo tanto, corresponde a los organismos públicos discutir y desarrollar programas y acciones que permitan a las personas mayores ejercer sus derechos y, eventualmente, establecer mecanismos para proteger a quienes se encuentren en situaciones de vulnerabilidad, resguardando siempre su dignidad y autonomía.

Esta situación nos insta a reflexionar respecto a las representaciones acerca del envejecimiento que existen en nuestra sociedad, que asimilan esta etapa al deterioro y la pérdida de capacidades, construyendo una imagen estereotipada respecto a las personas mayores.

Se debiese avanzar hacia una mayor cobertura de una evaluación geriátrica integral en los programas de salud pública, que permita implementar mecanismos de acompañamiento y, de ser necesario, protección de los derechos de las personas mayores vulnerables, en lugar de mantener medidas aisladas, arbitrarias y discriminatorias, como es la exigencia de este certificado.

Ximena Moreno
Académica de Psicología
Universidad San Sebastián

 

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