Columna: Sala cuna universal, una política pública

El director e investigadora del Centro de Políticas Públicas USS, Juan José Ossa y Karol Fernández, señalan en esta columna que el acceso a sala cuna universal debe ser uno de los caminos para fomentar la participación laboral femenina. 

Uno de los ejes fundamentales para avanzar hacia la igualdad de oportunidades es fomentar la participación laboral femenina. A pesar del avance en las últimas décadas, especialmente luego del fortalecimiento del derecho a descanso pre y post natal, la pandemia implicó un retroceso significativo. A la fecha, aún no se retorna al nivel pre-pandemia (53,3%): en mayo de 2023 la participación laboral femenina fue de 51,3% −cifra por debajo del promedio de la OCDE, donde alcanza un 66%−.

Uno de los caminos para fomentar la participación laboral femenina es el diseño de políticas públicas que otorguen apoyo en el cuidado infantil en edades tempranas. La evidencia empírica demuestra que ofrecer subsidios estatales para el cuidado infantil incrementa la probabilidad de que las madres busquen empleo y sean contratadas. Asimismo, está demostrado que la estimulación en la etapa preescolar tiene un efecto permanente en la educación e ingresos en el largo plazo.

Actualmente, el artículo 203 del Código del Trabajo establece que las empresas con más de 20 trabajadoras están obligadas a facilitar a las madres de niños menores de 2 años acceso a sala cuna. Ello, en la práctica, provoca que muchas empresas opten por tener menos de 20 trabajadoras.

Para corregir esta distorsión, en enero de 2022, durante el gobierno del Presidente Piñera, se ingresó el proyecto de ley conocido como “sala cuna universal”, que elimina el requisito mínimo de trabajadoras, con lo que se amplía el beneficio a dos grupos: las trabajadoras de casa particular y las independientes. El beneficio también cubre a los padres u otros cuidadores cuando tengan el cuidado exclusivo de los menores. También se crea el Fondo de Sala Cuna con el objetivo de contribuir al financiamiento de la provisión de sala cuna. El subsidio se entrega a las empresas y cubre todo o parte de los gastos incurridos por otorgar este beneficio. Dicho fondo se financia a través de la cotización de 0,1% del salario de todos los trabajadores, a cargo del empleador, así como de aportes estatales cuando sea necesario. El costo fiscal que involucra el proyecto se encuentra debidamente cubierto.

Sin embargo, el sesgo ideológico de diversos miembros del Congreso y del actual gobierno parece estar primando, pues no han impulsado dicho proyecto pues no les parece que, para alcanzar el fin que se propone, puedan participar privados en la provisión de sala cuna. Lo anterior, aumentado por las presiones de distintos gremios. Dichas razones no pueden impedir lo realmente relevante: mejorar las oportunidades laborales de las mujeres y entregarles mejor educación a nuestros niños desde la más temprana edad.

Si bien es muy importante que una de las enmiendas incluidas en la actual discusión constitucional establezca que el Estado deberá contribuir con el financiamiento e implementación de sala cuna, es preciso avanzar rápido, para lo cual sacar adelante el proyecto de ley en actual tramitación es el mejor camino.

Juan José Ossa y Karol Fernández
Centro de Políticas Públicas 
USS

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