Mediación Civil y Comercial: Clave para la resolución colaborativa de conflictos

Según expertas que expusieron en USS, la mediación, negociación y otros mecanismos deben avanzar en tener un rol más protagónico. Además, analizaron el aporte de la psicología en este ámbito de resolución de conflictos.

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Cada vez es más relevante el papel que tienen los sistemas no adversariales en materias civiles y comerciales, ya que permiten a las partes lograr un acuerdo sin llegar a un juicio. En la resolución de conflictos judiciales evitan la excesiva judicialización y el mayor costo de los procesos.Maria Soledad Lagos Mediación Civil

Para abordar este tema, el director de la carrera de Derecho USS, Julio Rojas, junto al coordinador de la Clínica Jurídica USS, Ricardo Pérez de Arce y la académica Francisca Vargas, organizaron el Seminario: “Mediación Civil y Comercial”, que contó con la participación de destacadas expositoras.

María Soledad Lagos, abogada jefa de la Unidad de Mediación del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio se refirió a estos sistemas no adversariales y señaló que uno de los problemas es que esto “no está acuñado entre los ciudadanos en el ámbito de lo civil y comercial”.

Además  indicó que los abogados “tienen poca preparación en materia de negociación o mediación. En general, las mallas curriculares acentúan mucho lo litigioso, pero no se trabaja en la capacidad de resolver los conflictos sin necesidad de judicializarlos”.

Mediación como requisito

Por su parte, Isabel González, doctora en Derecho Penal y directora del Magíster en Mediación UCEN Chile, planteó que en nuestro país sólo hay cuatro materias donde se aplica la regulación normativa de la mediación como requisito obligatorio y estas son “la familia, salud laboral, laboral colectivo y derecho del consumidor, pero falta el uso de este sistema en causas penales y en asuntos civiles y comerciales”.sabel Gonzalez Mediación Civil

Asimismo, resaltó que estos mecanismos colaborativos “mejoran la convivencia social, empoderan a las partes, fomentan que las personas se involucren en la resolución de los conflictos y permiten la satisfacción de sus intereses y necesidades, para que exista un mayor compromiso en el cumplimiento de los acuerdos”.

Johanna Varrgas Mediación CivilFinalmente, Johanna Vargas, doctora en Educación, Magister en Psicología Social, investigadora y docente de la Universidad de El Salvador, Argentina, afirmó que “para poder mediar no solamente se debe conocer el hecho y el Derecho, sino también indagar en los aspectos sociales o psicosociales como los estereotipos y prejuicios”.

En ese sentido, aseguró que la psicología social “se pone al servicio de las ciencias jurídicas para efectos de una reparación y erigir las bases de un acuerdo que recompone las relaciones jurídicas y sociales. (…) El mediador o conciliador adquiere un rol pedagógico porque debe ayudar a ampliar la capacidad de pensamiento para el logro estos acuerdos”.

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