Claves de la nueva Ley de Pensión de alimentos

Académica de Derecho de la USS, Sarai Ponce, analiza la nueva Ley de Pensión de alimentos y valora que busca proteger el derecho de niños, niñas y adolescentes en Chile.

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El retiro del 10% de los fondos previsionales ocurrido durante la pandemia, dio luces de una triste realidad: De acuerdo a cifras del Poder Judicial sólo el 16% de las pensiones de alimentos son pagadas de forma efectiva.

Si bien, a fines del 2021 se aprobó la Ley de Registro Nacional de Deudores (RND) que tiene como objetivo coordinar las medidas legales para promover y garantizar el pago de pensiones, esta recién entrará en vigor en noviembre del 2022.

Con el fin de complementar esta norma, a mediados de agosto se aprobó la Ley sobre responsabilidad parental y pago efectivo de deuda de alimentos, que busca establecer mecanismos para asegurar estos pagos permanentemente.

Sarai Ponce, académica de Derecho de la Universidad San Sebastián asegura que “el acceso a los alimentos es un derecho fundamental. Si el deudor o alimentante no cumple, es el niño, niña o adolescente el que está sufriendo la vulneración de este derecho”.

Este proyecto establece la facultad del Tribunal de Familia para poder iniciar una investigación sobre el patrimonio activo del deudor; para poder averiguar qué cuentas bancarias tiene, APV o instrumentos financieros, de inversión, etc.”, añade.

¿Cómo funciona la Ley de Pensión de Alimentos?

En caso de que uno de los padres no pague la pensión alimenticia, se permitirá solicitar al tribunal correspondiente que ordene el pago de ésta a través de los fondos que el deudor mantenga en sus cuentas bancarias, instrumentos de inversión y en las cuentas de ahorro previsional voluntario.

Si el deudor alcanza tres mensualidades impagas continuas o cinco discontinuas, el tribunal podrá ordenar que se pague la pensión mediante los fondos en la cuenta de cotizaciones obligatoria del deudor. Este caso solo se ejecutará si el deudor no tiene fondos en sus cuentas bancarias, cuentas de APV o instrumentos financieros, o si estos son insuficientes para el pago total.

“Este proyecto va a permitir que el alimentario se pueda pagar y pueda satisfacer íntegramente la deuda. Es un proyecto que viene a resguardar y proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes”, finaliza la académica experta en derecho procesal de familia.

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