¿Sabías que la USS cuenta con una Unidad de Convivencia Universitaria?

A través de esta unidad, que nace tras la promulgación de la Ley 21.369, se busca fortalecer ambientes formativos seguros. Te explicamos cómo funciona y cuáles son sus líneas de trabajo.

Los años de formación profesional están llenos de desafíos y nuevas experiencias. No solo se suman nuevos conocimientos, también se interactúa con personas de distintos lugares, edades y visiones, lo que nos invita a abordar de manera respetuosa de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Los centros de educación superior juegan un rol fundamental para que esta etapa sea una buena experiencia y en esta línea la USS siempre ha estado comprometida con la creación de una cultura universitaria que promueva el respeto, la vocación de servicio, la tolerancia al prójimo y un espíritu de cordialidad.

Los lineamientos para lograrlo están incluidos en la nueva Política Integral publicada en septiembre de este año, en el marco de la entrada en vigor de la Ley 21.369. Esto se suma al Reglamento General de Convivencia Universitaria, que busca propiciar y resguardar la buena convivencia y el buen trato al interior de la comunidad universitaria. Para velar por su cumplimiento se creó la Unidad de Convivencia Universitaria, dirigida por la abogada Francisca Vargas, quien explica parte de su funcionamiento.

¿Qué es la Unidad de Convivencia Universitaria de la USS?

Es la unidad al interior de la universidad, facultada para investigar y resolver en primera instancia las denuncias por infracción al Reglamento General de Convivencia Universitaria y las denuncias por acoso sexual, violencia y discriminación de género que infrinjan el Reglamento que regula estas materias. Asimismo, tiene por objetivo dar cabal cumplimiento a la Ley 21.369.

¿Cuál es el propósito de la Unidad que Ud. Dirige en la USS?

El propósito de la Unidad de Convivencia de la USS es preservar y fortalecer los principios y valores de nuestro proyecto educativo, fomentando en su comunidad el ser buenas personas, comprometidas con el bien común y la paz social, buscando ambientes formativos seguros, que permitan una atmosfera de respeto y espíritu colaborativo y libres de toda forma de violencia física, psíquica o moral.

¿Qué situaciones regula esta Política Integral?

Esta Política Integral establece acciones institucionales dirigidas a preservar y fortalecer ambientes formativos seguros y libres de toda forma de violencia física, psíquica o moral. Se busca regular situaciones graves de agresiones, discriminación y acoso sexual que puedan afectar a estudiantes de pre y post grado; o a quienes desempeñen funciones de docencia, administración, investigación o cualquier otra relacionada con la universidad.

¿Cómo se lleva a la práctica esta regulación?

A través de la Unidad de Convivencia Universitaria se definen canales permanentes, seguros y confidenciales para recibir una denuncia; junto con un procedimiento formal de investigación; y el respectivo apoyo psicológico, jurídico, médico y social, cuando sea necesario. Además, nos encargamos de implementar medidas de prevención, como capacitaciones, campañas de sensibilización y la incorporación en los planes curriculares de contenidos sobre DDHH, violencia y discriminación de género.

¿Qué debe hacer un estudiante o funcionario que se enfrenta a situaciones de este tipo?

El procedimiento es hacer la denuncia completando el formulario disponible en la web USS, la que será recibida por la Unidad de Convivencia Universitaria para iniciar la investigación. También contamos con el mail consulta.convivencia@uss.cl en caso de requerir información adicional sobre la unidad y sus distintas áreas de funcionamiento.

¿Cuáles son los plazos del proceso de investigación?

La primera etapa, el periodo de investigación, considera un plazo de 20 días prorrogables; luego viene la etapa de revisión de pruebas y formulación de descargos, que va desde los 5 a los 10 días prorrogables. Finalmente está la etapa de resolución. Dentro de este ciclo también se incluyen instancias de conciliación entre las partes, lo que no se aplica en casos de acoso sexual, violencia y discriminación de género.

 

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