Tips para poner la bandera correctamente en estas Fiestas Patrias

Alejandro Gómez, coordinador del Centro de Educación Ciudadana de la USS, explica las diferentes formas de poner la bandera en casas y edificios. Lee con atención. ¡No te arriesgues a una multa!  

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¿Sabías que si pones la bandera de una forma incorrecta puedes arriesgar una multa de hasta $263.155? Tal como lo lees. Así lo estipula la Ley 20.537 que regula la forma y momentos en que es obligación izar o mostrar el emblema patrio.

Dicha ley estipula que es obligatorio izar o colocar la bandera en todos los domicilios y edificios públicos los días 21 de mayo y 18 y 19 de septiembre. Sin perjuicio de lo anterior, desde el año 2011, se puede izar la bandera en otras fechas.

“La ley señala que es Carabineros de Chile quienes tienen el deber de fiscalizar el uso y el izamiento de la bandera nacional. En caso de incumplir la normativa, están facultados para infraccionar su mal uso o incumplimiento de izar la bandera en las fechas obligatorias. La multa, finalmente, es impuesta por el Juzgado de Policía Local correspondiente a la comuna del infractor”, explica Alejandro Gómez, coordinador del Centro de Educación Ciudadana de la Universidad San Sebastián.

Por esta razón, es que es muy común ver durante septiembre banderas izadas en el exterior de las casas, condominios o, incluso, balcones de los edificios.

La bandera chilena, el himno nacional y el escudo junto al lema patrio, son emblemas nacionales, símbolos que nos identifican como chilenos. Estos símbolos nos ayudan a tener un sentido de pertenencia con nuestro territorio, nuestra cultura, patrimonio material e inmaterial, creando comunidad con nuestros connacionales, lo que contribuye a la amistad cívica”, agrega el académico.

Correcto uso de la bandera

A continuación, Alejandro Gómez, entrega tips para no cometer ningún error en el izamiento del emblema.

  • Cuando se cuenta con un asta o mástil (debe ser blanco) la estrella se ubica al externo superior izquierdo.
  • Sin asta o mástil: El emblema se puede ocupar de forma vertical u horizontal, pero la estrella debe estar posicionada al extremo superior izquierdo de quien la observa.
  • En el caso de los edificios, condominios u otros complejos habitacionales, se debe izar una bandera para toda la copropiedad. Sin perjuicio de ello, cada habitante de los diferentes departamentos o unidades podrá colocarla de forma vertical u horizontal en sus balcones o en un asta o mástil, pero siempre con la estrella al extremo superior izquierdo de quien la observa.
  • Ponerla  de forma incorrecta o no izarla durante las fechas obligatorias podría exponerte a multas que van desde las 1 y 5 UTM  ($52.631 y $263.155 ).
  • ¿En qué fechas debo poner la bandera? Los días 21 de mayo y 18 y 19 de septiembre.
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